El Certificado de Reembolso tributario o CERT fue creado por el gobierno colombiano con el objetivo de dar un impulso a las exportaciones.
Así, a través de este mecanismo, el gobierno puede dar apoyo en actividades que contribuyan al beneficio de la nación.
Así, a través del CERT, el gobierno se encarga de reintegrar total o parcialmente ya sea impuestos indirectos, alguna contribución o tasa que se haya tenido que cancelar la persona exportadora en el momento de la producción y la comercialización de algún producto en específico.
Esta especie de incentivo que se otorga a los exportadores es establecido en su totalidad por el gobierno colombiano.
Es éste quien decide y establece los porcentajes a devolver, la forma en que se calcula y el plazo máximo para presentar la solicitud del certificado.
Además, establece la vigencia, las partidas arancelarias y cualquier otra condición de obligatorio cumplimiento para acceder al reembolso.
Cabe destacar, el CERT, una vez obtenido podrá ser usado en el pago de impuestos, contribuciones o tasas.
En este sentido, el exportador podrá usar el reembolso para cancelar Impuesto sobre la renta o cualquier impuesto complementario; impuestos a ventas o cualquier tipo de pago que deba realizarse en las oficinas recaudatorias.
🔷 ¿Quiénes se benefician?
A través del Certificado de Reembolso Tributario (CERT) podrán beneficiarse:
- Personas naturales como jurídicas que se encarguen de producir y vender mercancías en el exterior.
- Personas y sociedades que se encarguen de vender en el extranjero mercancía colombiana que puedan ser fabricadas por otras empresas.
- Personas naturales o jurídicas que provean a empresas mercancías que serán vendidas en el exterior.
Es importante estar conscientes de cuáles actividades no dan derecho a la obtención del CERT:
- Reexportación de mercancías.
- Exportaciones temporales.
- Exportaciones de muestras y productos en cantidades que no son comerciales.
- Exportaciones de café.
En el caso de la actividad petrolera, la reforma aprobada busca acelerar la explotación y el recobro en esta industria a partir de 2018.
Por ello, podrán hacer uso de este incentivo los petroleros que cumplan con el proceso de precalificación de los proyectos de inversión a considerar para ser electos.
Igualmente, existen varios países que se exceptúan del beneficio: Venezuela, Bolivia, Ecuador y Perú.
Asimismo, encontramos productos que obtienen una mayor ventaja para la obtención del CERT. Podemos considerar entre ellos:
- Azúcar.
- Banano.
- Aceite de palma.
- Textiles.
- Atunes.
- Camarones.
- Celulosa y sus derivados.
- Flores.
- Productos editoriales.
- Compuesto de oro.
- Cementos hidráulicos.
Más información sobre:
- CONSULTAR FOSYGA Consultar EPS en la BDUA y Descargar Certificado de Afiliación
🔷 ¿Cuáles son las condiciones y cómo puedo obtener el CERT?
Es necesario que se cumplan con ciertas condiciones para poder ser elegible para el CERT:
- Los servicios deben ser prestados dentro del país a través de un contrato escrito.
- Que los productos sean utilizados de manera exclusiva en el exterior por empresas que no tengan negocios en Colombia.
Ahora bien, de acuerdo al Decreto 380 (1996) los requisitos son:
- Inscripción en el Registro Nacional de
- Que el contrato integre cláusulas que incluya que el servicio contratado será usado totalmente fuera del país, que muestre el valor total del mismo y que quien contrate no tenga ninguna actividad dentro de Colombia, ya que el servicio contratado es exento de acuerdo con el artículo 481 del Estatuto Tributario (literal e).
- Realizar el pago de Impuesto de Timbre, si es necesario.
- Es importante ser cliente del Banco en Colombia.
🔷 Consideraciones luego de cumplir los requisitos
El Banco de la República expedirá y les entregará los CERT a los beneficiarios, una vez realizada la solicitud por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
De acuerdo a la información remitida por la Dirección de Comercio Exterior, el Banco procederá a dar a cada uno de los beneficiarios sus CERT en una subcuenta del intermediario financiero a través de donde se haya presentado la solicitud del CERT.
Este actuará como Depositante Directo en el Depósito Central de Valores.
Cuando el Banco entregue los CERT a los beneficiarios, el Depositante Directo podrá acceder al sistema y verificar el registro del CERT.
Una vez hecho esto, el beneficiario podrá disponer de los títulos en el DCV y negociarlos libremente o usarlos para el pago de impuestos.