El impuesto predial de Colombia es una obligación que todos los propietarios de algún inmueble deben cancelar. Igualmente, constituye para los municipios una de las fuentes principales de ingresos por lo que el pago es indispensable.
Le mostraremos lo básico que debe saber para realizar el pago de este impuesto y la manera de hacerlo.
👉 ¿Qué es el impuesto predial?
Es una contribución tributaria que deben pagar todos aquellos que sean propietarios de algún inmueble al gobierno de municipio. Al referirse a predio, se indican bienes como: fincas, viviendas, oficinas, locales, edificios o bodegas).
Este impuesto será fijado en base al valor del catastro de la propiedad y en Colombia, influye el estrato. En tanto, el impuesto predial es uno de las fuentes de ingresos más relevantes para el gobierno municipal.
Estas recaudaciones deben ser enviadas en conjunto a los impuestos de industria y comercio a las acciones de desarrollo social.
- CONSULTAR FOSYGA Consultar EPS en la BDUA y Descargar Certificado de Afiliación
👉 ¿Cómo liquidar el impuesto?
A partir del 2017, el impuesto predial cambió su forma de pago, al uso de facturas, eliminando la declaración. No obstante, si su predio es reciente o es el caso de no haberse expedido factura deberás realizar la declaración.
En continuación, el pago de esta si es realizado a tiempo, podrá beneficiarse hasta con un 10% de descuento en el impuesto.
Puede realizar el pago en cuotas si eres persona natural propietaria de predios residenciales, de hacerlo así, no recibirá descuentos. Al no realizar el desembolso en las fechas establecidas para los pagos de cuotas, se generan intereses moratorios.
En este sentido, podrá obtener la liquidación accediendo por medio telefónico a la línea Bogotá 195 para una entrevista. Dependiendo de la ciudad, se habilitaron sistemas de pago a través de las páginas de la alcaldía. También puede dirigirse a un “súperCADE” en los que trabajan generalmente de lunes a viernes de 7am a 7pm.
De igual manera, los bancos que se encuentran disponibles para realizar los pagos que respecta al impuesto son: Davivienda, Bancolombia, BBVA Colombia, CityBank, ScotiaBank, Colpatria, Bogotá Popular, GNB Sudameris y HelmBank.
Una vez realizado el pago por un banco, puede demorar hasta 30 días hábiles en acreditarse debido a las confirmaciones.
Por otra parte, si será realizado el pago por alguno de los medios electrónicos, puede tomar hasta 3 días reflejarse. Para ello, debe ingresar al portal de la hacienda en la opción pagos de servicios.
👉 Requerimientos para pagar el impuesto
Los requisitos para pagar el impuesto no son difíciles de obtener, primeramente debe solicitar el formulario que será entregado inmediato.
Para continuar, solo va a requerir que tenga el valor exacto del monto a cancelar si es completo o cuota. Y simplemente, tener a la mano la cédula de ciudadanía de quien figura en el formulario.
Podrá realizar el pago del impuesto cualquier persona que no figure en el formulario o no posea escritura del inmueble. Sin embargo, el individuo no se encuentra en la obligación de realizarlo ni le corresponde pagar.
Asimismo, las sanciones pueden variar dependiendo del tipo de pago que haya correspondido. Sin embargo, la falta y acumulación de los intereses podrá incurrir en alguna penalización económica.
👉 Medios de Contacto
Para mayor información ingrese al portal de la secretaría digital de hacienda en la que tendrá la información de cancelación. Recuerde que puede usar los canales virtuales ofrecidos y evitar largas filas, para los procedimientos referentes al impuesto.
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más