El Consejo Nacional Electoral (CNE) Colombiano, es la institución que vigila y dirige las elecciones del país, incluso de la identidad de la ciudadanía y de los partidos políticos y los movimientos; sus funciones van más allá de la cuenta de votos y de determinar un ganador.
El CNE Colombia desea garantizar un proceso democrático seguro y capaz, ya que este también es en materia electoral consultivo del gobierno.
☑ ¿Qué funciones cumple el Consejo Nacional Electoral?
Salvaguardar los derechos al sufragio, es una de las funciones más importantes del CNE Colombia. Pero este cuenta con una serie de funciones como el recuento de votos con su respectiva inspección para presidente de la república y consignar la credencial; elegir delegados para que en cada circunscripción electoral efectúen los escrutinios pertinentes y nombrar el Registrador Nacional Del Estado Civil y su reemplazo.
También puede removerlo en caso de cumplir con las causales de incumplimiento de la ley, consignar un reglamento propio, reunirse a conveniencia, designar a sus empleados, afirmar los presupuestos del registrador nacional del estado civil y aprobar sus resoluciones de cargos, sueldos y viáticos.
Entre otras de sus funciones también dar el sí a los cargos asignados de Visitadores Nacionales, delegados del Registrador Nacional del Estado Civil, Secretario General y Registradores Distritales de Bogotá. Todas las que le sean atribuidas por la ley. Se encarga a su vez de brindar el apoyo necesario, para los partidos y movimientos políticos, así escuchar también a las minorías. Además, Financia las campañas políticas.
☑ Registrador nacional del estado civil
Los presidentes de la Corte Constitucional, del Consejo del Estado y la Corte Suprema de Justicia son los encargados de elegir al registrador nacional del estado civil, con un periodo de 4 años pudiendo ser reelegido una vez.
Igualmente sucede con los 9 integrantes del Consejo Nacional Electoral que son electos por el congreso de la república. Adjunto a esto no pueden ser reelegidos en el siguiente periodo e integrantes del CNE deben tomar el cargo ante el presidente del consejo de estado.
Los miembros no deben haber sido miembro directorio político en 2 años anteriores, tampoco ser electo en corporación popular, no debe ser cónyuge de cualquier consejero del estado que pueda intervenir en la elección.
En las reuniones que puede realizar el Consejo Nacional Electoral (CNE), la forma de deliberar será de la mitad más uno.
Esto tomando en cuenta que las decisiones deberán ser acogidas por las dos terceras partes que componen.
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