Muchos de los nuevos y pequeños comerciantes del país se encuentran dentro de lo que las leyes han establecido como régimen simplificado.
Considerando lo anterior, las personas deben ajustarse a las obligaciones para aplicar como contribuyentes de dicha categoría o saber en qué momento cambia el régimen. A continuación, la información relativa a lo que deriva del régimen simplificado y lo que necesitas saber como contribuyente del mismo.
👍 ¿De qué trata el Régimen Simplificado?
El régimen simplificado es una modalidad de tributación que ha sido proporcionada a los pequeños comerciantes, facilitando beneficios y comodidades para el pago de impuestos.
En esta circunstancia podremos encontrar a los artesanos, personas naturales comerciantes, ganaderos y agricultores, aunque ellos deben cumplir con ciertos requisitos.
👍 ¿Cómo saber si pertenezco al Régimen Simplificado?
Como hemos mencionado anteriormente, se ha dado un adelanto del tipo de personas que podría pertenecer a este régimen simplificado.
No obstante, la ley de estatuto tributario en el artículo 499, establece las condiciones de los contribuyentes de esta categoría y son:
- Los ingresos brutos del año pasado, deben ser menores a 3.500 UVT.
- Podrán tener únicamente un establecimiento comercial en el cual ejercer sus actividades y desarrollar otras actividades económicas de franquicias o concesiones.
- No podrán ser usuarios aduaneros.
- Asimismo, en el año cursante o anterior, no deben haber realizado ventas que superen los 3.500 UVT.
- De superar esta cantidad, deberán inscribirse entre los usuarios de régimen común.
👍 ¿Es necesario pagar impuestos?
Hay varias consideraciones que deberá tomar en cuenta, y entre ellas que el pago de los impuestos igualmente será obligatorio.
Todo contribuyente, adjunto a este régimen simplificado, siendo persona natural, deberá declarar y pagar anualmente. Habrá solo una excepción para aquellos trabajadores que durante el año no lograron generar ingresos mayores a 80 salarios mínimos.
Igualmente, los pertenecientes a esta categoría no podrán cobrar el IVA en sus transacciones, ni tendrán obligación de expedir facturas. De tener la necesidad o querer entregar alguna factura, deberá reunir los recaudos necesarios para suministrar este tipo de documentación.
👍 ¿Cuáles son las obligaciones?
A pesar de ser una categoría que imparte facilidades a este tipo de personas que laboran por debajo de estos límites, existen obligaciones para ellos.
En este sentido, el estatuto tributario ha establecido una lista con lo que serían las prohibiciones y acciones de total deber:
- Formalizar una inscripción ante el registro único tributario.
- Deberán exhibir el RUT en su establecimiento en donde desarrolle sus actividades.
- Suministrar una copia del RUT en la primera venta realizada de régimen común.
- Adaptarse a las fiscalizaciones que el gobierno pueda generar.
- Llevar un libro de operaciones diarias con el que al finalizar el mes, deberá totalizar los valores obtenidos en el desarrollo de la actividad.
- Realizar lo contrario a ello, será penalizado.
- Considerando que es de prohibición el cobro del IVA sobre lo que se encuentre vendiendo. De hacerlo deberá recaudar lo necesario para pertenecer al régimen común.
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más
Leer Más